De conformidad con lo establecido en el expediente número MDEJ/03/11/11 se anula la existencia junto con las gavetas rotas, aniversarios y capacidad desvalida, de quien alguna vez respondiera al nombre de Karen Villeda, a quien se le declara presente para los efectos que el Estado dicte con este vértigo lineal quemando los márgenes de las hojas.
Karen Villeda, presente, odia el Derecho, su irreflexibilidad, sus construcciones como principio espiritual. Ama la Poesía, su cimbreo, sus ruinas para el ateo. Le gusta la Iuspoética: Rama del derecho que estudia la poesía como ley cosmogónica. // Conjunto de normas de derecho imaginario. // Técnica poética de coalición de lenguajes. // Poder del poeta para ser soberano en sus escritos. // Derecho a experimentar la poesía de las formas jurídicas. // Derecho a incorporar en la poesía formas jurídicas. // Código ético de un abogado que escribe poemas. // Método de deconstrucción del derecho y la ciencia política. // Jurisprudencia del vacío. // Escritura del delirio institucional.
Hechos. La institucionalización jurídico-poética de Iuspoética se caracteriza por convertir en legalidad (normas, Constitución) un sistema de valores, no solamente poéticos, basados en la libertad que caracteriza a la legitimidad misma. Los modos de la interacción entre legalidad y legitimidad del Lic. Manuel de J. Jiménez (ciudad de México, 1986) varían en Iuspoética (como una historia más de la modernidad). Tenemos un núcleo común fundamental, que es la primera parte del libro “Los autos perdidos”, y como buen abogado, en “El final del Estado” avanza en la consecución de un mayor apoyo fáctico, es decir, en legitimación.
Hechos. El trasfondo del también burócrata Jiménez es de raíces liberales y su mayor logro es la potencialidad democrática con sus implicaciones sociales en Iuspoética. El Lic. Jiménez debe contar con una pequeña biblioteca de poesía social e historia latinoamericana pero ha sabido darle la vuelta como “el equilibrista en el margen chueco del Estado”. El Lic. Jiménez es filtro, tachadura, goma de borrar, barco de neblina súbita, sello oficial, gotera de nube falsa, pilar centralizado de cobre y armadura, paraestatal… En suma, el Lic. Jiménez es un burócrata incompetente pero un poeta espléndido y, como prueba fidedigna, coexisten una serie de poemas en Iuspoética que, en mi humilde consideración, cumplen completamente con los requisitos de hacer justicia a la poesía, como “El canto de los tres poderes”: Pensé que había muerto una y varias veces / Me dolía el poder con su potro jalando en tres direcciones / pero me miré en una chispa perdida de la República / cuando se hizo otro filo en la noche / por las guillotinas usadas / y el poder en mí por poco sale como champagne eyaculado / aunque se quebraban las botellas alrededor del cielo / aunque se quebraban los espejos en las riberas nacientes / aunque se quebraban al fin los diamantes / en el pecho del sol.
Hechos. El Lic. Jiménez es colega de ¿Huidobro?, ¿Ferrajoli?
Hechos. El Lic. Jiménez indaga en las posibilidades y los límites en la constitucionalización del Derecho, de derechos humanos (DH) violados, que son el derecho al reconocimiento de personalidad jurídica, el derecho a la vida, el derecho a la integridad personal, el derecho a la libertad personal, el derecho a las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial, y su defensa a través de mecanismos iuspoéticos: Lucero de los ausentes, y el apagón sólo será una teoría de los paranoicos. / Paranoicos, científicos y madres lloran a aquellos con el cálculo exponencial en días y horas. / Horas, cuando los desaparecidos son nuestros estigmas y el tiempo una cavidad en el abdomen.
Hechos. El Lic. Jiménez propone en Iuspoética una normatividad poética realista (“Seamos realistas. Pidamos lo imposible”) y una crítica ad hod de la compleja situación actual en violaciones de DH. Lo anterior implica el tránsito del Estado (aburrido) de derecho al Estado constitucional (y poético) de derecho. Iuspoética plantea una dimensión sustancial: un constitucionalismo poético, el cual opera como el diseño, la ideación y la propuesta de nuevos recursos técnico-poéticos aptos para el perfeccionamiento y el progreso del orden.
Hechos. El Lic. Jiménez ha poetizado el ordenamiento jurídico mediante un proceso de transformación de cualquier término que resulta totalmente “impregnado” por la poesía invasora y entrometida.
Hechos. El Lic. Jiménez aduce a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada que en su artículo XI señala que “[t]oda persona privada de libertad debe ser mantenida en lugares de detención oficialmente reconocidos y presentada sin demora, conforme a la legislación interna respectiva, a la autoridad judicial competente”.
Hechos. Por lo visto, esta concepción del Derecho “está compuesta por retórica, burocracia y violencia. La retórica es una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones basada en la persuasión, o en la convicción por medio de la movilización del potencial argumentativo de las secuencias y mecanismos verbales aceptados. La burocracia es considerada aquí una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones fundada en las imposiciones autoritarias, realizadas mediante la movilización del potencial demostrativo de los procedimientos regulados y los estándares normativos. Finalmente, la violencia es una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones basada en la amenaza de la violencia física” (Boaventura de Sousa Santos citado por Lander, 2003:5-6).
Hechos. Seguramente el Lic. Jiménez subrayó esta cita: “la democratización de las relaciones económicas internacionales y el establecimiento de un orden económico internacional más justo y más equitativo que esté basado en una cultura universal de los derechos humanos y no en la cultura del máximo beneficio” (Gómez Isa, 2005: 15).
Hechos. Iuspoética es beldad: La felicidad ya no es una persecución íntima, ya no se manifiesta con cortes y continuos. . . . Yo, la voz 175225011986, lamento de alguna manera que la felicidad sea la consecuencia sistemática del Paraestado, porque en el mundo no queda más por leer. . . .
Bona fides al Lic. Jiménez.
No se tienen por cumplidas las formalidades de ausencia:
a) Que la persona no haya dejado representante.
b) Que se ignore su paradero.
c) Que no se tenga certeza de su existencia y de su fallecimiento.
La abajo firmante,
Karen Villeda, presente, odia el Derecho, su irreflexibilidad, sus construcciones como principio espiritual. Ama la Poesía, su cimbreo, sus ruinas para el ateo. Le gusta la Iuspoética: Rama del derecho que estudia la poesía como ley cosmogónica. // Conjunto de normas de derecho imaginario. // Técnica poética de coalición de lenguajes. // Poder del poeta para ser soberano en sus escritos. // Derecho a experimentar la poesía de las formas jurídicas. // Derecho a incorporar en la poesía formas jurídicas. // Código ético de un abogado que escribe poemas. // Método de deconstrucción del derecho y la ciencia política. // Jurisprudencia del vacío. // Escritura del delirio institucional.
Hechos. La institucionalización jurídico-poética de Iuspoética se caracteriza por convertir en legalidad (normas, Constitución) un sistema de valores, no solamente poéticos, basados en la libertad que caracteriza a la legitimidad misma. Los modos de la interacción entre legalidad y legitimidad del Lic. Manuel de J. Jiménez (ciudad de México, 1986) varían en Iuspoética (como una historia más de la modernidad). Tenemos un núcleo común fundamental, que es la primera parte del libro “Los autos perdidos”, y como buen abogado, en “El final del Estado” avanza en la consecución de un mayor apoyo fáctico, es decir, en legitimación.
Hechos. El trasfondo del también burócrata Jiménez es de raíces liberales y su mayor logro es la potencialidad democrática con sus implicaciones sociales en Iuspoética. El Lic. Jiménez debe contar con una pequeña biblioteca de poesía social e historia latinoamericana pero ha sabido darle la vuelta como “el equilibrista en el margen chueco del Estado”. El Lic. Jiménez es filtro, tachadura, goma de borrar, barco de neblina súbita, sello oficial, gotera de nube falsa, pilar centralizado de cobre y armadura, paraestatal… En suma, el Lic. Jiménez es un burócrata incompetente pero un poeta espléndido y, como prueba fidedigna, coexisten una serie de poemas en Iuspoética que, en mi humilde consideración, cumplen completamente con los requisitos de hacer justicia a la poesía, como “El canto de los tres poderes”: Pensé que había muerto una y varias veces / Me dolía el poder con su potro jalando en tres direcciones / pero me miré en una chispa perdida de la República / cuando se hizo otro filo en la noche / por las guillotinas usadas / y el poder en mí por poco sale como champagne eyaculado / aunque se quebraban las botellas alrededor del cielo / aunque se quebraban los espejos en las riberas nacientes / aunque se quebraban al fin los diamantes / en el pecho del sol.
Hechos. El Lic. Jiménez es colega de ¿Huidobro?, ¿Ferrajoli?
Hechos. El Lic. Jiménez indaga en las posibilidades y los límites en la constitucionalización del Derecho, de derechos humanos (DH) violados, que son el derecho al reconocimiento de personalidad jurídica, el derecho a la vida, el derecho a la integridad personal, el derecho a la libertad personal, el derecho a las garantías judiciales y el derecho a la protección judicial, y su defensa a través de mecanismos iuspoéticos: Lucero de los ausentes, y el apagón sólo será una teoría de los paranoicos. / Paranoicos, científicos y madres lloran a aquellos con el cálculo exponencial en días y horas. / Horas, cuando los desaparecidos son nuestros estigmas y el tiempo una cavidad en el abdomen.
Hechos. El Lic. Jiménez propone en Iuspoética una normatividad poética realista (“Seamos realistas. Pidamos lo imposible”) y una crítica ad hod de la compleja situación actual en violaciones de DH. Lo anterior implica el tránsito del Estado (aburrido) de derecho al Estado constitucional (y poético) de derecho. Iuspoética plantea una dimensión sustancial: un constitucionalismo poético, el cual opera como el diseño, la ideación y la propuesta de nuevos recursos técnico-poéticos aptos para el perfeccionamiento y el progreso del orden.
Hechos. El Lic. Jiménez ha poetizado el ordenamiento jurídico mediante un proceso de transformación de cualquier término que resulta totalmente “impregnado” por la poesía invasora y entrometida.
Hechos. El Lic. Jiménez aduce a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada que en su artículo XI señala que “[t]oda persona privada de libertad debe ser mantenida en lugares de detención oficialmente reconocidos y presentada sin demora, conforme a la legislación interna respectiva, a la autoridad judicial competente”.
Hechos. Por lo visto, esta concepción del Derecho “está compuesta por retórica, burocracia y violencia. La retórica es una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones basada en la persuasión, o en la convicción por medio de la movilización del potencial argumentativo de las secuencias y mecanismos verbales aceptados. La burocracia es considerada aquí una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones fundada en las imposiciones autoritarias, realizadas mediante la movilización del potencial demostrativo de los procedimientos regulados y los estándares normativos. Finalmente, la violencia es una forma de comunicación y una estrategia de toma de decisiones basada en la amenaza de la violencia física” (Boaventura de Sousa Santos citado por Lander, 2003:5-6).
Hechos. Seguramente el Lic. Jiménez subrayó esta cita: “la democratización de las relaciones económicas internacionales y el establecimiento de un orden económico internacional más justo y más equitativo que esté basado en una cultura universal de los derechos humanos y no en la cultura del máximo beneficio” (Gómez Isa, 2005: 15).
Hechos. Iuspoética es beldad: La felicidad ya no es una persecución íntima, ya no se manifiesta con cortes y continuos. . . . Yo, la voz 175225011986, lamento de alguna manera que la felicidad sea la consecuencia sistemática del Paraestado, porque en el mundo no queda más por leer. . . .
Bona fides al Lic. Jiménez.
No se tienen por cumplidas las formalidades de ausencia:
a) Que la persona no haya dejado representante.
b) Que se ignore su paradero.
c) Que no se tenga certeza de su existencia y de su fallecimiento.
La abajo firmante,
Bolsa de papel.
Bolsa de papel / Lic. Karen Villeda
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